Guía para escriturar una propiedad

Luego de culminar con las decisiones los compradores y vendedores acordaron y conformaron los
documentos de Aceptacion y Notificacion.
La escrituración es la última etapa, lo realiza un escribano público para obtener la escritura
traslativa de dominio, es un documento formal y jurídico que certifica la compra y transferencia de
la titularidad (o “transmisión de dominio”), luego se registra en el Registro de la Propiedad
Inmueble.

  1. Reservar la propiedad
    El paso necesario, implica que el el comprador hace una reserva previa a través nuestro, -con una
    determinada suma de dinero definida entre las partes- este documento es fundamental porque
    asegura la compra y define las condiciones de negociación y plazos del proceso de escrituración.
    Una vez realizada la reserva, y notificado el vendedor, se retira la publicación de las plataformas
    donde las hayas publicado.
    ‍2. Firmar el boleto de compraventa o REFUERZO DE SEÑA
    El boleto de compraventa es un documento formal que tiene carácter de contrato privado. Es el
    compromiso de las partes para escriturar. Esta práctica puede o no estar presente, depende las
    condiciones de negociación entre las partes.
    Se puede reemplazar por la figura del “refuerzo de seña”. El “refuerzo de seña” es una instancia
    donde el comprador, con la intención de demostrar su real interés en la propiedad, acerca un monto
    significativo de la transacción, puede rondar cómo piso el 4% del valor transaccional, para
    reconfirmar la operación.
    Ambos documentos incluyen:
     Las obligaciones de las partes a comprar, vender y escriturar la propiedad.
     El plazo definido para escriturar (suele ser entre 30 y 60 días una vez firmado el boleto)
     La fecha de escrituración y de entrega.
     El precio del inmueble y la forma de pago acordada. 
     Puede incluir los datos del escribano responsable del documento y de la futura escritura. 
     Puede incluir además cláusulas especiales, en caso de que se realice una operación mediante
    un tracto abreviado, por ejemplo, o haya que levantar un embargo previo a escriturar, entre
    otras situaciones. 
     Acuerdo de honorarios por la gestión inmobiliaria.

Av. Santa Fe 3329. Piso 8, oficina C. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Don Francisco 2900, oficina 110 One Palmas, San Fernando, Bs. As.

Edificio Paralelo sur, Colectora Oeste Ramal Pilar, oficina 210 Panamericana km 49,5, Pilar, Provincia de Buenos Aires.
El boleto no es obligatorio, puede ser recomendable en algunas situaciones especificas, especialmente para el comprador, porque asegura la entrega de la titularidad o transmisión del dominio. En caso que alguna de las partes se retracte o incumpla alguno de los puntos acordados, existen resoluciones jurídicas para la resolución o conclusión del contrato.
‍¿Qué suma de dinero se requiere a la hora de firmar el boleto de compraventa?
En caso de firmar un boleto de compraventa, los gastos dependen de la modalidad en la que se
suscriba. 
El boleto de compraventa puede realizarse con o sin posesión, por lo general, sí se realiza un boleto
sin posesión se entrega en el momento de la firma del boleto un valor en el orden del 30% de la propiedad. En caso de que se quiera tomar posesión, se debe integrar un precio mayor, que debe
tener cómo piso mínimo un 70% del valor transaccional.También existe la posibilidad de que sea un
desarrollo inmobiliario y que se deba entregar el 100% del valor de la transacción en la firma del
boleto. 
Contemplar los gastos que se demanden en caso de que alguna de las partes, o ambas quisieran
certificar la firma mediante escribano público. 

  1. Recopilar la documentación necesaria
    Previo a la firma de la escritura, debemos reunir toda la documentación y requisitos que se presentan al escribano indicado por el comprador del inmueble (por usos y costumbres) salvo el
    caso de fideicomisos o casos especiales que cuenten con escribanos designados previamentes, es
    quien investiga el historial del inmueble y realiza el análisis técnico y jurídico.
    Recomendación: registrar y homologar los datos cerca de la fecha de escrituración acordada para
    evitar costos innecesarios de actualización, ya que las certificaciones suelen tener poco tiempo de
    vigencia.